Juicios y Procesos

Trabajo Jurídico Militante

 

Mi trabajo como abogado antropólogo militante parte de concebir el derecho como un instrumento de emancipación de los pueblos y al investigador jurídico como un sujeto que, desde una perspectiva epistemológica, ética y política, participa activamente en los procesos defensa y al mismo tiempo de construcción del conocimiento que sostienen las luchas. Desde esta perspectiva, en este apartado se refleja / reconstruye mi papel práctico como abogado participante y acompañante de las comunidades, en sus procesos de movilización del derecho y defensa de sus derechos colectivos, iniciando desde 2011 con la experiencia emblemática de Cherán.

Casos emblemáticos

San Francisco de Cherán

 

 

La comunidad indígena de San Francisco de Cherán se ubica en la meseta purépecha, en el estado de Michoacán. La localidad es al mismo tiempo la cabecera del Municipio de Cherán y reúne aproximadamente 14,000, de las 20,000 personas que habitan el municipio. Los restantes 6,000 habitantes radican en la comunidad de Santa Cruz Tanaco y en el Rancho de Casimiro Leco. Tradicionalmente, las actividades económicas de la comunidad han estado ligadas a la explotación de los abundantes recursos forestales, las industrias de servicios y remesas provenientes de sus migrantes nacionales como internacionales.
Después de la transición política del 2000, el Municipio de Cherán fue gobernado tanto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) como por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

 

Durante esta etapa, la vida política de la comunidad obedecía a las prácticas propias de la militancia partidista en México. Durante este período de tiempo, la comunidad de Cherán sufrió de primera mano los efectos del aumento de la criminalidad y violencia en el país. Actuando con la complicidad de las autoridades municipales, las organizaciones criminales que operan en Michoacán consiguieron intensificar el saqueo de los bosques de Cherán. A pesar de las denuncias y reclamos sociales, los talamontes ilegales continuaban sus actividades con total impunidad.

 

El 15 de abril de 2011 un grupo de mujeres se enfrentó a un grupo de talamontes que bajaban camiones llenos de madera extraída de los bosques de Cherán. Con el apoyo de sus vecinos, los criminales fueron detenidos en la comunidad, mientras que las autoridades y la policía municipal actuaron para tratar de conseguir su liberación. Como resultado de este levantamiento, la comunidad consiguió expulsar a sus gobernantes, la policía y los criminales. De esta forma, los pobladores de Cherán se organizaron para asumir el control de su localidad  El 6 de junio de 2011, con el apoyo del Colectivo Emancipaciones, la comunidad de Cherán presentó al Instituto Electoral de Michoacán una solicitud formal para suspender el proceso de elecciones ordinarias y organizar un proceso electoral conforme a usos y costumbres. Al tramitar  dicha solicitud, el Instituto Electoral pidió la realización de dos peritajes en materia antropológica y jurídica para analizar la factibilidad de proceder conforme dicha petición. No obstante,  mediante Acuerdo CG-38/2011, el Instituto Electoral decidió negar la solicitud argumentando que no existía ningún marco legal a través del cuál pudieran reconocerse dichos derechos. Fue en contra de ese Acuerdo que el Colectivo interpuso el Juicio SUP-JDC-9167/2011 ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Dicho procedimiento judicial fue resuelto el 2 de noviembre de 2011 mediante una sentencia favorable que revocó el Acuerdo CG-38/2011 y ordenó proceder al nombramiento de un gobierno municipal conformado y elegido de acuerdo a los “usos y costumbres” indígenas de Cherán. Gracias a dicha sentencia se reconocería la existencia de un tipo de municipio distinto al régimen administrativo del artículo 115 constitucional, por primera vez en la historia de México.